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Son muchos los errores que siguen existiendo en la normatividad fiscal sobre el tema que, lejos de respetar los derechos de los contribuyentes (quienes emiten y quienes reciben los CFDI), principalmente, el derecho de audiencia previa ya que ninguno de los dos cuenta con él, ahora dentro de la auditoría que se crea.
El tema obviamente es nuevo, respecto del de “inexistencia” y en razón de ello, esta obra se desarrolla en simples tres capítulos (como simple es la reforma sobre el tema) dentro de los cuales, el primero se aboca a los antecedentes que dan lugar a la inclusión del concepto “falsos comprobantes fiscales”, en donde se estudia la reforma al artículo 19 constitucional del 31 de diciembre de 2024, considerando todas las críticas técnicas realizadas a la misma.
Posteriormente, el capítulo segundo se aboca al pronunciamiento de la Corte sobre la prisión preventiva oficiosa para quienes enajenen comprobantes fiscales con operaciones inexistentes, con lo cual, pareciera quedar atrás el tema, pese a que se robustece con la reforma al artículo 19 constitucional, pero se recuperan las reflexiones axiológicas de la sentencia a la acción de inconstitucionalidad promovida por el Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y senadores sobre el tema, (publicada en el DOF el 20 de agosto de 2025), con lo cual, la reforma de 2019 queda atrás, no así la reforma constitucional del 31 de diciembre de 2024.
Finalmente, el capítulo tercero aborda de lleno la reforma constitucional al CFF para 2026, considerando la exposición de motivos y se realiza un estudio sustancial sobre los cambios e inclusión de los “falsos comprobantes fiscales”, con uso de criterios de la Corte y algunos ejemplos de la práctica diaria a fin de dar una idea clara sobre el contenido y alcance de la reforma, así como los errores de ésta y posibles soluciones o inconveniencias que pueden surgir en su aplicación, desde luego, sin estar a favor de quienes venden facturas. Definitivamente no. Pero tampoco es estar a favor de los subjetivismos de las autoridades, sino a favor del Estado de Derecho, en el cual, se encuentran los principios y valores constitucionales.

